domingo, 26 de julio de 2020

Debates plenarios de la corporación tudense (I)


El pleno extraordinario de 16/07/2020,  en el que se cuestionaba  el cambio de ubicación del mercadillo del jueves, se caracterizó, como suele ser habitual, por el bajo nivel argumentativo de los contendientes: un amasijo de razones con transiciones aleatorias sin puentes de conexión entre ellas.
Sesión plenaria de la corporación tudense

La oposición, que había solicitado el pleno extraordinario, partía con el irrebatible y determinante argumento de que el acuerdo, adoptado unilateralmente por el equipo de gobierno, de cambiar la ubicación del mercadillo, carece de respaldo legal al quebrantarse la ordenanza específica que establece que tal decisión es competencia exclusiva del pleno. Sin embargo, pronto abandonó este bastión  para aventurarse y perderse en aspectos menores, por otra parte opinables.  El paladín de los desvíos de las materias objeto de debate, y consecuentes extravíos,  lo encarna el señor Palacín, cuya  principal inquietud semeja el recrearse y enredarse con citas históricas de adorno, y el empleo de vocablos rebuscados cuando no políticamente correctos. No en vano, al referirse a los vendedores, los define como “no sedentarios” (migrantes o nómadas) en lugar de “ambulantes”, como los define la RAE. De ahí que le reprochase al alcalde que los llamase feriantes; si bien no aclaró si se debía a que considera impropia o  menos digna esa denominación.

En el primer turno de réplica, el alcalde, E. Cabaleiro, se mostró sorprendido por la convocatoria del pleno extraordinario: “es la primera vez que veo que se celebra un pleno extraordinario por una cuestión de esta índole” (naturalmente, se trata de asunto sin importancia por su nula incidencia en el comercio local), sin embargo, debe parecerle normal y corriente, además de reglamentario, que el Ejecutivo haya usurpado las competencias del pleno. Repuesto del pasmo, y en defensa de la medida, recurrió a ejemplos de cambios de ubicación de mercadillos llevados a cabo por gobiernos del PP (el partido de las “desfeitas”, según propia apreciación, es referente útil en esta ocasión para validar las suyas). Por el contrario, no le vale el ejemplo de Tomiño, traído por el BNG, que mantiene inamovible el mercadillo en el centro, porque se dan condiciones diferentes. Acerca de las distintas  circunstancias urbanísticas y poblacionales de  los ayuntamientos utilizados como aval,  no dijo nada.

 Creyendo haber neutralizado al portavoz del PP con este “argumento” (antídoto que no sirve para acallar al resto de los grupos de la oposición), pasó al ataque, cabalgando por encima de la ética y de la obligada prudencia, al acusar, sin pruebas, a los concejales de dicho partido y de C21 de  recorrer los puestos de los ambulantes para meter cizaña e incitar a los vendedores a la rebelión. No le debieron parecer al señor Cabaleiro consistentes los argumentos expuestos porque, a continuación, le recordó al representante popular el pecado original que arrastra, y le lastra, y que debería deslegitimarle para poder fiscalizar al equipo de gobierno (eso pretende), sacando a pasear actuaciones reprobables de sus anteriores compañeros de partido cuando accedieron al  poder municipal. Como el aludido respondió que, en justicia, solo cabe rendición de cuentas  por los actos de su exclusiva responsabilidad a partir del momento de su elección como representante público, el alcalde calificó de “mal gusto que renegase de la organización política en la que milita, lo cual deja entrever que esa organización dejó bastante que desear. Yo no reniego de lo que el PSOE hace bien o mal en España; hace bien o mal en Galicia o hace bien o mal en Tuy. Cuando pertenezco a una organización política asumo el legado histórico y político de esa organización, en lo bueno y en lo malo”.

Lejos de repudiar lo que de malo ha hecho el PSOE en España, que es mucho, baste con recordar el reciente caso de corrupción descomunal de la Junta de Andalucía, que ha llevado a la cárcel al expresidente Griñán de esta comunidad,  el señor Cabaleiro asume (acepta) orgulloso las prácticas reprobables de su partido (el del cambio). Si el alcalde de Tuy considera que se puede llamar legado histórico a los múltiples casos de corrupción del PSOE con Felipe González; al desastroso gobierno de Zapatero; y a la infame corrupción de los gobiernos de Chaves y Griñan en Andalucía, que el Averno le conserve su particular sentido de la ética y el honor, como la capacidad de discernimiento para distinguir lo que es defendible de lo que es condenable. Eso sí, preferiblemente en el ámbito particular y no en el público.

Reconocer y aborrecer los errores, las conductas punibles, presentes o pasadas, propias o de  compañeros, no significa renegar del partido al que se pertenece (las personas pasan, el partido permanece), sino mostrar objetiva y saludable señal de depuración y propósito de enmienda en beneficio de la organización. 

Nada tiene, señor Cabaleiro, de  conducta democrática, tampoco de respetable, ni de buen gusto (al que aludió en su reproche al representante del PP, José Ángel Fernández Rodríguez), el desaire chulesco y prepotente infligido a la oposición en respuesta a la acusación de haber vulnerado la norma municipal que regula los mercadillos,  usurpando al pleno su competencia en esta materia, retando a quienes así lo entiendan que acudan al juzgado.

                             José Antonio Quiroga Quiroga

lunes, 20 de julio de 2020

Error, o capote del TSXG a la Consellería de Cultura en el caso "Beira do Miño"


Antes de avanzar mi opinión sobre la sentencia del TSXG (Tribunal Superior de Xustiza de Galicia),  como consecuencia de mi demanda de ejecución de la Resolución firme, dictada en 2006 por la Consellería de Cultura de la Xunta de Galicia, que acuerda el Procedimiento Sancionador y de Reposición de la Legalidad Urbanística incoado contra el Ayuntamiento de Tuy como responsable de la infracción urbanística de carácter grave  por conceder licencia de construcción al bloque de viviendas “Beira do Miño”, contraviniendo las reiteradas advertencias en contrario de Patrimonio, quiero exponer las razones y fines que me han animado a presentar el Recurso Contencioso Administrativo:

1.- Impedir que el alienígena edificatorio  Beira do Miño formase parte del casco histórico in aeternum,  interrumpiendo el tiempo de prescripción de la infracción urbanística, que era de quince (15) años, pero que fue modificado en 2015, pasando  a cinco (5). De modo que, de no haber actuado, el plazo de  prescripción vencería en octubre de 2020, y esta excrecencia constructiva incrustada en la fachada de entrada a la ciudad desde Portugal, distorsionadora de la imagen de ciudad antigua, quedaría impune y triunfante para siempre.

2.- Fomentar la habitabilidad del casco histórico incrementando el confort de los residentes ofreciendo, en régimen de venta o alquiler, las plazas libres de aparcamiento  existentes en los  sótanos del bloque de viviendas una vez demolidas las viviendas no legalizables.

3.- Establecer un punto de inflexión, de ruptura en la arraigada temeridad particular de construcciones ilegales, y permisividad política ante los hechos consumados, que sirva de ejemplo disuasorio de futuras tropelías.

4.- El saber que los  propietarios de buena fe  de los pisos de vivienda, una vez evacuados, serán indemnizados con arreglo al precio  de compra que consta en las escrituras, además de con las compensaciones dinerarias por las molestias inherentes por desalojo, incluso el saber que saldrán beneficiados por la devaluación actual de la propiedad inmobiliaria, han sido aspectos que me proporcionaron el plus necesario para involucrarme en esta aventura.
Vista actual del Casco Histórico de Tuy con el Beira do Miño


Vista del Casco Histórico antes de la construcción del Beira do Miño




Opinión personal:

a).- Cuando el TSXG refiere  “falta de fundamento de la demanda” porque no aprecia inactividad, ni de la Xunta ni del Concello de Tui,  viene a decir, en otras palabras, que no ha lugar que se le recuerde a la Consellería el cumplimiento de su obligación de ejecutar la Resolución de 21 de noviembre de 2006 porque, una y otra administración, ya están haciendo los deberes. El alto tribunal o bien incurre en error de fechas, o bien le echa a la Administración autonómica un capote descarado evitando dejarla en evidencia, ya que, tras once años (11) de inactividad de la Consellería, que había dejado en punto muerto el caso Beira do Miño, y solo 17 días después (el 19 de mayo de 2017) de haber sido presentada la solicitud de cumplimiento de la Resolución citada, es cuando ésta requiere informe al Ayuntamiento  sobre las actuaciones realizadas (ninguna); petición que no comporta obligación al requerido por no tratarse de un acuerdo. Requerir  información no es incoar, figura  muy distinta, que tiene realmente el carácter de actuación administrativa, y no la primera. El 16 de junio de 2017, el demandante presenta el Recurso Contencioso Administrativo, y a resultas del mismo, el 18 de septiembre (transcurrido ya el plazo de dos meses para poder demandar juridisccionalmente),  la Dirección Xeral de Patrimonio adopta el acuerdo de exigirle al Ayuntamiento que inicie los trámites necesarios para la ejecución de la obligada restitución. Es evidente, pues, que las actuaciones emprendidas por la Consellería de Cultura son posteriores, y no anteriores, como sostiene el TSXG, a la solicitud de 2 de mayo de 2017 y a la demanda jurisdiccional de 16 de junio de 2017, tal y como consta y queda demostrado en el expediente jurisdiccional.

Por todo ello, el letrado ha presentado alegaciones en base con las cuales  solicita Aclaración y Rectificación de Sentencia, así como la no imposición de costas al recurrente. A este respecto, de  mantener la postura, se daría la paradoja de que el TSXG me sanciona por interesarme y defender el patrimonio histórico.

b).-Si bien en el Recurso Contencioso Administrativo, anticipándose a las irrefutables y obligadas  consecuencias derivadas de  la revisión de la licencia y de la Normativa urbanística de aplicación, solicita la "demolición de las obras ilegales", ello no ha sido causa de desestimación de la demanda. Ni legitima a la prensa para decir que el TSXG descarta la demolición del bloque de viviendas, que son 32 y no 40, como Faro de Vigo recoge en el titular, o que se libra de la piqueta (La Voz de Galicia).


Fachada a la C/ Martínez Padín del edificio Beira do Miño


Versión de la prensa provincial de la sentencia:

 Ya por desconocimiento del proceso de la causa, ya por frivolidad y ausencia de rigor informativo, la prensa ofreció al público una lectura distorsionada, contradictoria y errónea. Faro de Vigo titula, “El TSXG descarta la demolición del bloque de cuarenta viviendas”;  y resalta la “falta de legitimación del denunciante para instar la ejecución de una resolución”. Dicha legitimidad la reconoce el TSXG (le dedica cuatro páginas de la sentencia) con arreglo a las Leyes autonómica y estatal.

 La Voz de Galicia encabeza su crónica diciendo: “El edificio Beira do Miño se libra de la piqueta; “el demandante quería que se cumpliera la resolución del procedimiento sancionador que esta Consellería abrió al concello por otorgar licencia sin el preceptivo informe de Patrimonio” (debo precisar que el demandante, el que suscribe este escrito, no ha dejado de querer que se cumpla la Resolución firme dictada por la Consellería de Cultura). La que no parecía interesada en que se ejecutara su propia Resolución, excepto la sanción económica de 105.000,00 euros, que rápidamente exigió e hizo efectiva, era la propia Consellería, pues llevaba más de once años sin exigirla, durmiendo en algún archivo, quizá aguardando que prescribiera la infracción, pues solo después de haber sido requerida y demandada, se percató de que se había olvidado de exigir la Resolución, y, activándola, puso la maquinaría administrativa a funcionar. En lo que atañe al Ayuntamiento, el acuerdo de la Dirección Xeral  de Patrimonio Cultural, adoptado el 18 de septiembre de 2017, reconoce, como consta en un informe  municipal de fecha 19/07/2017, “que no consta que se iniciara hasta el momento la ejecución de la obligación de reposición, y al mismo tiempo  se constata que tampoco se inició por ese concello ningún procedimiento de revisión de la licencia municipal concedida en su día y que fue objeto de resolución sancionadora. En el párrafo siguiente, el corresponsal de dicho medio, que parece no saber manejar los tiempos verbales, comienza diciendo: "Aquella resolución obligaba a la administración tudense a reparar y restituir las cosas a su estado anterior”. No solo obligaba, sino que, en cuanto que Resolución firme, sigue obligando, hasta que se ejecute.

La revisión de la licencia concedida, primer paso ineludible de las actuaciones de restitución de la legalidad, comportará, de acuerdo a lo contemplado en el PEPCH (Plan Especial de Protección del Casco Histórico), la demolición de aproximadamente el 80 % de la superficie construida. Únicamente se podrá legalizar el frente de edificación a la C/ Martínez Padín, previo derribo de la planta segunda, tal y como está grafiado en el referido PEPCH, aprobado inicialmente, y que lo será definitivamente en muy breve tiempo.


Vista de las fachadas lateral y trasera del Beira do Miño


           Declaraciones del alcalde Enrique Cabaleiro:

          El alcalde de Tuy, que está al corriente de todo, no en vano dispone de asesoramiento técnico y jurídico, sumándose a la adulteración informativa de la prensa, aportó la dosis institucional de desinformación para tratar de rebajar la gravedad de la situación. Valoró la sentencia de “cierto alivio” porque en su particular orden de valores, considera prioritario y  más importante  proteger la integridad de las arcas municipales (no demoliendo la manzana de viviendas del Beira do Miño), que la del Casco Histórico, seña de identidad y primer recurso de Tuy. Sin duda, es una peculiar manera  de poner en valor nuestro patrimonio histórico. También expresó alivio por los propietarios de viviendas, que carecen de licencia de primera ocupación, pues, en consecuencia, les esperaría un recorrido judicial para obtener las indemnizaciones pertinentes. Era antes  cuando el gobierno municipal estaba aliviado y tranquilo con el asunto guardado en el baúl de los recuerdos. Ahora, la máxima instancia judicial de Galicia les apremia a revisar la licencia y esto sí que les intranquiliza y agobia. Con esta declaración el alcalde está llevando a engaño a los propietarios, que abandonarán cualquier previsión de futuro,  y a los potenciales compradores de pisos de vivienda (algunas están en venta) por la situación de precariedad legal de las mismas.

Cuando el regidor tudense declara que no es este el momento de “atacar la licencia” (hace tres años que el demandante  inició la exigencia de la ejecutar Resolución administrativa), sino cuando se concedió, no solo está reconociendo que tanto la Consellería de Cultura como el Ayuntamiento no habían hecho nada en el sentido de llevar a efecto la Resolución firme referida, sino que  parece olvidar que fue la Consellería de Cultura la que, acto seguido, impuso la sanción económica y la sanción urbanística. Solo luego de transcurridos once años puse en evidencia la inactividad de la Administración en este asunto, y solo después de esa demora injustificada cabía llamarle la atención. En primer lugar, mediante la solicitud de exigencia de actuación, y luego, transcurrido el tiempo legal de un mes de silencio, pues no contestaron a dicha solicitud, al comprobarse la inactividad administrativa, con la interposición de un recurso. Aun así, el TSXG responde que la Consellería de Cultura estaba en ello (?) ¿Se refería, pues, el alcalde, a la responsabilidad municipal de la Corporación de entonces y siguientes, PSOE incluido, de atacar la licencia cuando considera que era oportuno, o a la de algún ciudadano en particular?


Detalles técnicos de interés:

1.- En la fecha de presentación del recurso (04/07/2019) se interrumpe el plazo de prescripción de la infracción, empezando un nuevo plazo de cinco años para el vencimiento de la misma, del que restan tres años y once meses.

2.- La sentencia del TSXG obliga al Ayuntamiento, desde el momento de su publicación, 23/06/2020, a revisar la licencia concedida. Dispone, pues, la administración local de menos de seis meses (hasta el 23 de diciembre de 2020) para que venza el silencio administrativo. Si en esa fecha no hay notificación al respecto  porque no se ha revisado, cabe emprender acciones legales, a mayores de las que inicie la Consellería.


3.- En serio aprieto se verá la jurídica de urbanismo, que en su día informó favorablemente el proyecto del Beira do Miño, a riesgo de incurrir en actos administrativos contradictorios. Imagino que se negará a informar la revisión, aunque está obligada como titular de la plaza por oposición. Probablemente recurrirán a la técnico de Administración General o a la propia Secretaria del Ayuntamiento  para la realización de esta comprometida tarea.

4.- Si tanto la Consellería como el Ayuntamiento volviesen a dejar en punto muerto las actuaciones a las que están obligados por la sentencia del TSXG, incurrirían incuestionablemente en Prevaricación.


5.- La permanencia del perturbador  bloque de viviendas Beira do Miño podría suponer un serio obstáculo para el Casco Histórico de Tuy a la hora de concurrir a las ayudas pública para su  rehabilitación y conservación, ya del Estado o bien europeas,  por considerar las instituciones facultadas para el libramiento de fondos  que, debido a la deficiente protección, no reúne las condiciones y  puntuación requeridas.  


CONCLUSIÓN:

Al margen de que la sentencia del TSXG,  desestima la demanda, y  tras la solicitud de Aclaración y Rectificación de la misma pueda ser estimada, en ningún caso no afectaría ni alteraría la obligación, dimanante de la Resolución firme  dictada en 2006 por la Consellería de Cultura,  de restituir la legalidad urbanística devolviendo las cosas a su estado anterior. Únicamente tendría la consecuencia de que me libraría de abonar las costas judiciales. En ambos casos, el objetivo perseguido: interrumpir el plazo de prescripción de la infracción, y  reactivar el paralizado proceso administrativo, está conseguido, pero ahora por orden, nada menos, que del más alto tribunal de Galicia. La opción de interponer recurso de Casación ante el Tribunal Supremo en el caso de que no fuese atendida la Rectificación solicitada, y el fallo de esta instancia judicial fuese favorable al demandante,  tampoco ofrece  cosa distinta que la exención del pago de las referidas costas.
Para qué, pues, proteger el mayor recurso turístico de Tuy si la ciudad dispone de hilo musical como catalizador del comercio, pero que, lánguido y mortecino, como la propia actividad, suena, en la desolación de sus calles casi vacías, a réquiem de acompañamiento a su lenta defunción.


                            José Antonio Quiroga Quiroga


NOTA:

Como prueba demostrativa de todo lo expuesto, adjunto copias, por orden cronológico,  de:  demanda (Recurso Contencioso) ante el TSXG;  Sentencia del TSXG, y Solicitud de Aclaración y Rectificación de Sentencia, para aquellos que estén interesados, y que, armados de paciencia suficiente, estén dispuestos a leer tan extenso y farragoso asunto.




                             CONCLUSIONES DEL RECURSO
                          CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO








         

        

       

       

    

    




SENTENCIA



                                                  

              

                                    

                    

                                   

               

                                


   

                              

        

                            



                          

   


                         











SOLICITUD DE ACLARACIÓN Y RECTIFICACIÓN DE SENTENCIA




































jueves, 18 de junio de 2020

¿Se restablecerá el impuesto de Plusvalía en Tuy?


Cuando la oposición reprobó al exalcalde Padín la eliminación del impuesto de plusvalía en el municipio, y no le faltaron razones económicas para oponerse, se  presumía que, si recuperaba el poder, dicho tributo sería restablecido. Sin embargo, cumplida la primera hipótesis, nada invita a pensar que tal cosa vaya a suceder, pese a los menguados presupuestos de que dispone el Ayuntamiento desde la aprobación en 2012 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y que se contraerán más con el descenso seguro de la recaudación a causa de la crisis causada por la pandemia.

Recientemente, el alcalde, Enrique Cabaleiro, lamentaba, durante una sesión plenaria, que, “muy poco se puede hacer con unos presupuestos tan bajos”. Tal declaración venía avalada por la insignificante partida  de  48.000 euros para inversiones, prevista en el presupuesto de 2016, único aprobado durante su primer mandato, de dos años y medio de duración.  Algo menos de 100.000 consignó el exmandatario Padín en su  presupuesto de 2018, todavía vigente. Por cierto, la eliminación de este impuesto no guarda relación alguna con la ideología liberal de C 21, partido al que pertenece el referido exregidor, sino que se debió a una medida de carácter netamente populista. Pero en absoluto inocua, ya que reduce sensiblemente la recaudación municipal y  la capacidad  de la Administración pública de redistribuir la riqueza  generada con el aumento del valor de los inmuebles (plusvalía), mayormente terrenos ordinarios convertidos en solares, como consecuencia de la aprobación de planes urbanísticos;  de obras  de acondicionamiento y mejora de zonas urbanas; o la implantación de servicios. Nada más procedente y justo que el Ayuntamiento reclame un porcentaje de ese aumento del beneficio no ganado por los propietarios, que se enriquecen, sin que se deba a su inversión o esfuerzo particular, sino a la emanación indirecta de las actuaciones de interés público promovidas por los gobiernos municipales.

Como, en general, toda acción política se supedita al grado de rentabilidad electoral y al corto plazo, resucitar un impuesto, por muy procedente que sea (la  plusvalía es el tributo socialmente más justo de todos los impuestos, que, además, solo se exige cuando se transmite una propiedad, es decir, cuando se recibe dinero por la transacción), es medida impopular que  casi ningún mandatario se atreve a tomar, porque la primera prioridad es tratar de conservar el bastón de mando. Por igual sentido de  rentabilidad política la oposición tampoco reclamará el retorno de dicho tributo.

La gestión y ejecución de un solo PERI (Plan Especial de Reforma Interior) a iniciativa del Ayuntamiento, en aquellos casos singulares en que se considere  manifiesta incapacidad de la iniciativa privada  para llevarlos adelante, reportaría sustanciosos ingresos en concepto de  plusvalías (en Tuy hay escasez de vivienda), que proporcionarían financiación para acometer otro más, y así de manera encadenada, generando riqueza y desarrollo. Pero el Gobierno, cómodo en su inacción, prefiere complacer a determinados propietarios, de perspectiva corta, concretamente de San Bartolomé, que protestan porque pagan el IBI por terrenos afectados por este tipo de figura urbanística sin que, de momento, se pueda construir,  anunciando la eliminación de los mismos, sin que importe que se altere el PXOM y se hipoteque, de manera irreversible, el orden urbanístico y crecimiento racional de la ciudad.

Con medidas populistas es imposible salir del letargo imperante, ni pretender que el crecimiento futuro del casco urbano se realice bajo las directrices  del buen criterio  urbanístico,  sin más horizonte que las obras que  realicen en Tuy la Xunta, y la Diputación, además de lo que se consiga de los fondos europeos, cada año menos dotados, ya que con  recursos propios a lo máximo que se puede aspirar no va más allá del mantenimiento decente de las instalaciones y espacios públicos.

 

                               José Antonio Quiroga Quiroga

domingo, 31 de mayo de 2020

Turiferarios en la oposición


Hay episodios plenarios que revelan vasallaje de gran parte de la oposición a la mayoría absoluta del Gobierno municipal de Tuy. Los obsequiosos elogios que, en el pleno ordinario de 28/05/2020, le dedicaron algunos portavoces al alcalde por haberlos convocado para que la Corporación afrontase la crisis causada por la Covid-19 son prueba de la pleitesía rendida por quienes  reverencian el poder. Nada parece empañar el encantamiento. Ni el que, en ausencia de los presupuestos para el presente ejercicio, se hayan ya aprobado  más de un millón de euros de gasto con cargo al remanente de tesorería, pese a que es deber tenerlos aprobados el 31 de diciembre del año anterior, ni tampoco la respuesta prepotente del regidor a la queja timorata de que a estas alturas del año todavía no se hayan traído para su aprobación: “el gobierno traerá los presupuestos cuando entienda que tiene que traerlos”. ¿Qué razones financieras pueden empujarlo  a disponer de tal instrumento si su mayoría le permite echar mano  del remanente de tesorería cada vez que sea necesario, al margen de la oposición y de los informes contrarios de intervención?   Una particular muestra  de esta reverencial cortesía profesada hacia el regidor, tiene lugar cada vez que determinado portavoz se dirige a él con el término impropio de excelentísimo (quizá considera que es un alcalde excelente), cuando protocolariamente  le corresponde el de ilustrísimo.

El anuncio de renuncia como corporativo (“por circunstancias de la vida”) del concejal Diz Guedes,  responsable, y padrino único, de los calamitosos contubernios políticos habidos en el PP local, que sumieron a Tuy en el escándalo y  estancamiento durante 25 años;  de la desatención de su municipio durante los doce años en que fue conselleiro; y de haber pasado por encima de la normativa urbanística y de Patrimonio como socio-promotor inmobiliario, burlándose al mismo tiempo de los contribuyentes respetuosos y cumplidores de la legalidad vigente; y que, como corporativo, durante el  año de mandato municipal no tuvo más papel que el de entusiasta comparsa del equipo de gobierno (no hay constancia de que hubiese presentado siquiera una moción), cautivó al referido portavoz,  admirador confeso de  la “dialéctica” (en realidad, retórica hueca de adorno) del insigne político,  hasta el punto de que, por identificación empática,  manifestó  sentirse tentado a seguir sus pasos y dimitir también.

Se despidió el dimisionario elogiando la infrecuente buena educación de esta Corporación. Imagino que con la intención de alentar la blandura y docilidad opositora. En todo caso, dicha corrección cívica no cabe hacerla extensiva al equipo de gobierno, al menos a sus veteranas primeras figuras, pues ha quedado demostrado que, de tenerla, no la utilizaron cuando se vieron relevados de sus cargos ejecutivos; y no por un “golpe  de estado”, sino por la democrática suma de fuerzas representativas.  

Solo partiendo de la sumisión esperanzada  pueden explicarse los elogios al alcalde. No los merece, aunque solo fuese por equitativa reciprocidad: basta recordar que bajo la “égida” (protección) del alcalde Padín, término utilizado por el referido portavoz, aficionado al léxico grandilocuente, y con ocasión del siniestro de Paramos, situación bastante más compleja y apremiante que la causada por la Covid-19, el referido mandatario, lejos de recibir alabanzas por la gestión, encajó severas críticas  por parte de la oposición de entonces, hoy Gobierno.  

Sepan  estos amables cantores (cantor laudatio) del normal y lógico proceder del  presidente de la Corporación, que no por ello van a gozar de mayor consideración y paternal afecto que consuele su marginalidad.

 

                                  José Antonio Quiroga Quiroga

sábado, 9 de mayo de 2020

La remodelación de los jardines Troncoso


La concejala del ramo va de laurel en laurel. Del éxito sonado de la rotonda de las torres catedralicias a la delicia sensorial del pensil cartesiano en que han devenido los antaño románticos jardines Troncoso. En campo abierto no tiene parangón.

El nuevo diseño obedece, según declaración de la delegada responsable, al deseo de “potenciar la condición de lugar tranquilo y crear un espacio sensorial mediante la combinación de plantas especialmente escogidas”.

Panorámica de la remodelación realizada

Acceso central

Parterres con banco espartano integrado

Entiendo que la pretendida tranquilidad a mayores se consigue en casa tomando infusiones de la melisa toronjil que crece en las casillas de alguna de las cuadrículas en que se dividen los contenedores que componen el damero de hierro ajardinado, con bancos de piedra integrados. No es precisamente la melisa planta que destaque por sus cualidades ornamentales, sino por sus propiedades sedantes. Y que la aludida sensorialidad del espacio apela al sentido del olfato, que no al estético, ya que, aparte del mirto dispuesto de manera absurda y arbitraria en uno de los lados de cada rectángulo del damero, las tres plantas restantes que conforman el ajardinamiento son, tomillo y dos variedades de lavanda (officinalis y santolina magonica). Plantas aromáticas todas ellas, de flores diminutas, aunque no se percibe fragancia alguna sin violentarlas.

Plantación  de melisas

Plantación de tomillo


Sembrado de cortezas de árboles


Mi personal e intransferible sensibilidad me alerta del simplismo ramplón, de la sosería  del conjunto, y de la  nota de aridez caprichosa de las superficies cubiertas enteramente con cortezas de árboles (metáfora jardinera de las calvas de monte quemadas), que ocupan el  25% de las cuadrículas, extendiéndose incluso a las áreas con plantas, cuyo invasivo tono agostado se hace más patente, con mayor incidencia en los secarrales ocupados por el leñoso y desgarbado tomillo. También me distancia críticamente de la tosquedad minimalista de la fuente “artística”; de ese pequeño paralelepídedo de piedra, con vocación de mero obstáculo en la encrucijada  central de la retícula de pasillos, sin perjuicio de que sirva para  baño veraniego de gorriones. De los ocho escuetos bancos integrados, a uno solo lo acoge  la sombra de un árbol.

Fuente-pila artística



Querido tudense, si  resultase que la estética de diseño de los renovados jardines Troncoso no le complace lo suficiente como para acercarse hasta ellos y darse un paseo por ese rincón natural, lo cual redundaría en mayor quietud del lugar, siempre le quedará la posibilidad de visitar esta especie de vivero o jardín botánico cutre por razones culinarias y medicinales.  

 

                                 José Antonio Quiroga Quiroga

 

viernes, 1 de mayo de 2020

Decretar la normalidad


Incomoda el eufemismo “Nueva Normalidad” con que Pedro Sánchez bautiza  la  anormal realidad que nos aguarda tras la devastación sanitaria y económica causada por el Covid-19 y la penosa gestión de la pandemia de este Gobierno doctrinario y sin crédito que nos ha tocado. Y exaspera la repetición abusiva del concepto para  tratar de que, por familiaridad, se acepte como normal un escenario surrealista pleno de desconfianzas y  padecimientos.

No cabe calificar de normal lo que no es propio del estado natural de las cosas y de las personas. Lo normalidad  fundamenta su carta de naturaleza  en la consolidación histórica. No se trata, pues, de algo que quepa imponer, de una moda o modo de vivir pasajeros, que es a lo que remite la pretendida como contradictoria en los términos “nueva normalidad” del presidente Sánchez, pues nada nuevo y transitorio, que no ha sido incorporado al conjunto de tradiciones  de una sociedad, deviene  en normal.

No está, ni lo estará, en nuestra manera de ser la convivencia aséptica, recelosa y distanciada, con nuestros amigos y vecinos, que nos impide compartir todo aquello que nos produce contento, y  que nos caracteriza  como sociedad extravertida y alegre.

Pedro Sánchez en una de las comparecencias "Aló Presidente"
Puede que, sin pretenderlo,  el oráculo Sánchez se exprese con propiedad al anunciarnos el advenimiento de la nueva normalidad. Significaría que tendremos que adaptarnos a vivir bajo condiciones de precariedad social y económica por tiempo indefinido. El necesario para que llegue a considerarse estado de normalidad.

Que la providencia, que no nos ha librado de tener un presidente de Gobierno que nos condujo a la “escalada” a los infiernos, no confíe la responsabilidad de la “desescalada” a quien no dispone de más recursos que los de tratar de ocultar la realidad con  mentiras y eufemismos.

 

                                José Antonio Quiroga Quiroga

sábado, 18 de abril de 2020

Abandonar los plenos


 

Nada justifica desertar de la representatividad cuando están en juego los intereses de los representados. Lo que se espera de un grupo político en la oposición no es que se retire de la partida abandonando los plenos, gesto que comporta la dejación de funciones que le han encomendado los ciudadanos, y que no expresa más que mera disconformidad, cuando no impotencia, sino que presente batalla argumental exigiendo rendición de cuentas al Gobierno que las presenta viciadas de ilegalidad. Nada más responsable y eficaz que la constancia plenaria demostrativa de las supuestas irregularidades financieras del equipo de gobierno; y nada más estéril que tratar de defender tal conducta en los medios de comunicación.

  Tal fue la actitud que adoptó el PP de Tuy en el pleno extraordinario del 16/04/2020 para aprobación de un reconocimiento extrajudicial de crédito, con cargo al remanente de tesorería, por importe de 734.000,00 euros, con que pagar a proveedores y las horas extras de empleados municipales. No le faltaron razones a su portavoz para cuestionar la urgencia de la convocatoria, ya que los dos plenos ordinarios anteriores carecieron prácticamente de contenido; lo innecesario de recurrir al superávit por falta de liquidez en las partidas correspondientes si estuviesen aprobados, como debería, los presupuestos del año en curso; el muy escaso tiempo disponible de 48 horas para analizar la numerosa documentación  de los 18 puntos del orden del día; y el haberse saltado las preceptivas comisiones informativas previas a todo pleno. Pero todo ello no debería derivar en espantada, sino, por el contrario, en firme confrontación argumental.  

Sesión plenaria de 16/04/2020, durante el período de confinamiento
  En otro orden de asuntos surgidos durante la sesión, no me cansaré de contradecir al Alcalde, Enrique Cabaleiro, cada vez que alardea falazmente, como en esta ocasión, de atribuir a la gestión de gobierno el incremento del remanente de tesorería en 6,5 millones de euros, y no a las restricciones que impone la Regla de Gasto y Estabilidad Presupuestaria, que limita la cuantía de los presupuestos al 110% de los ingresos ordinarios y transferencias ordinarias, excluyendo la inclusión de otro tipo de ingresos en la confección de dichos presupuestos. El mismo alcalde desvela la falsedad de tal presunción, pues no tiene sentido quejarse de que muy poco se puede hacer con 8,5 millones de presupuesto anual, si resulta que, debido a la "buena gestión" de cada ejercicio presupuestario le sobran más de dos millones.  Ese supuesto excedente no gastado, que no hay tal, iría, pues,  directamente a engrosar dicho remanente de tesorería, y así acumular 11 millones en caja. Nada más lejos de la verdad. Insisto en recordarle que el Ayuntamiento no es una entidad de ahorro como para ufanarse del superávit alcanzado, sino órgano de administración e inversión, de ahí que los ingresos de los contribuyentes deben revertir en servicios a la comunidad y no guardados en el banco, el único favorecido. Asimismo, como bien comentó el alcalde,  nos aguarda una crisis espantosa a causa de la pandemia del coronavirus. Mientras dure, el Estado, la Xunta y la Diputación apenas dispondrán de dinero para  financiar proyectos y aprobar ayudas y subvenciones. Llegó, pues, el momento de ponerse serios y abandonar ciertos lujos y frivolidades electoralistas en el gasto municipal, así como  las servidumbres económicas partidarias. Un ejemplo de este tipo de servidumbre es el proyecto de ampliación de las instalaciones del club Kayak, centro destinado exclusivamente al cultivo del fatuo orgullo deportivo local,  cuyo presupuesto de obra es de 680.000.00 euros, gasto que nada aporta a la riqueza y  bienestar común. Atendiendo a lo que  nos viene encima, las obras deberían limitarse a las exclusivas de  salubridad y remozado.

Ruego a la Oposición que no nos dejen en manos de la dictadura de la aritmética democrática abandonando los plenos; y que si no han podido fiscalizar la documentación plenaria, al no haber realizado trabajo alguno, renuncien, por coherencia, a las retribuciones por asistencia a dicho pleno.Y al Gobierno que abandone las prácticas populistas orientadas a mantenerse en el poder, pues con tales artes no saldremos del hoyo.

 

                               José Antonio Quiroga Quiroga