martes, 29 de octubre de 2013

¡Lo qué hay que oír! señor Gabilondo


Esta vez no me ha gustado nada, mejor dicho, me ha molestado mucho la “Voz de Iñaki”. No pude dar crédito a mis oídos al escuchar el cotidiano “speech”, del señor Gabilondo, “Aunque no guste oírlo”. Un discurso semánticamente tramposo, de sutil intencionalidad partidaria, basado en atribuir gratuitamente a los indignados  por el fallo judicial del Tribunal de Estrasburgo la pretensión de querer dirigir la política de este país.

Comienza astutamente, preparando el terreno que predispone al asentimiento de la audiencia, cimentándolo con un hipnótico artículo de fe: “Hay verdades que a las víctimas  no les gusta oír”; si bien, antes de descargar el varapalo, se muestra condescendiente aplicando balsámicas palabras de apoyo al reclamar toda la generosidad del Estado para con las  familias de las víctimas, incluso el prohijamiento de los hijos de éstas y,  como lenitivo genérico,  nos declara a todos culpables de habernos olvidado de ellas.  ¿Cuáles son esas verdades que no  gusta oír?: “que el dolor, por muy grande que sea, no les da especial derecho para dirigir la política de este país, para dirigir la política antiterrorista, la penitenciaria y la justicia”. “Tampoco les compete el cómo se administra la justicia, porque su dolor les implica de manera tan absoluta que la justicia democrática les aparta por falta de imparcialidad”. Para mejor entendimiento, se apoya, fraudulentamente, el señor Gabilondo,  en escenas cinematográficas en las que miembros del jurado son excluidos por existir vínculos de parentesco o afectivos con los reos, como si representantes de las familias de las víctimas  aspirasen a integrar  un jurado popular legalmente constituido.  Por la misma razón les niega el derecho a reclamar, y presupone, a favor de su argumentación, que nunca serán suficientes las penas para las víctimas.

El grave alcance de las palabras del señor Gabilondo se aprecia en toda su magnitud trasladando su peculiar punto de vista a otras situaciones sociales. Por ejemplo, a las manifestaciones de protesta  de docentes y estudiantes en contra de la ley Wert de educación se les podría acusar de pretender  dirigir la política educativa de España. A las quejas de los explotados en el trabajo que no les compete dirigir la política laboral. A los desempleados de tratar de alterar la política de empleo. A las víctimas de desahucios de tratar de  cambiar la política hipotecaria. A los manifestantes en defensa de la sanidad pública de dirigir la política sanitaria, etc, etc, etc. No se atreve, claro, a decir lo mismo de los sindicatos. Como con nuestro voto hemos delegado la administración de la nación en los políticos elegidos, hasta nueva convocatoria a las urnas, a la población, a los contribuyentes,  no le asiste, pues, más derecho que el de estar callados, ni siquiera el reconocido de libertad de manifestación. Esta defensa de la democracia vertical, en contraposición a la democracia participativa que escucha al pueblo, le descalifica como gurú socio-político señor Gabilondo.
 
En este asunto del terrorismo podría llegar a entender, señor Gabilondo, que  por superior razón de estado, todos los gobiernos habidos hasta hoy, salvo el  de Adolfo Suárez, hayan negociado con ETA la reducción de penas, entre otros extremos, con la esperanza de alcanzar la paz y así evitar más muertes a costa del sacrificio de las víctimas directas y de sus familias, pero no acepto que les niegue el derecho a manifestar su frustración, como tampoco la endémica costumbre, propia de predicadores familiarizados con el manejo del pecado original, de meter en el saco de culpables a todo el mundo, y el recurrente mantra “porque es verdad” con el que trata de apuntalar de veracidad su fraudulenta alocución.

Aunque no guste  oírlo, señor Gabilondo, es burdo ejercicio de prostitución de los principios democráticos en favor de para quien trabaja.
NOTA: El video, de la Voz de Iñaki, "Lo que no gusta oír" está disponible en el diario digital de El País, de 28/10/2013.

                                              José Antonio Quiroga Quiroga

sábado, 26 de octubre de 2013

Crimen y castigo proporcional.


 

No discutiré la legitimidad legal del fallo del Tribunal de Estrasburgo que deroga la doctrina Parot y, consecuentemente, ordena  la excarcelación de etarras o cualesquiera otros criminales que hayan cumplido el tiempo de reclusión impuesto, ni la obligación de acatar  tal fallo.  Como tampoco que la Justicia (legal) es del Estado y no de las víctimas (pero sí la moral), como aclara, para llenarse de razón, Xosé Luis Barreiro Rivas en “Cómo abordar el fin de la doctrina Parot”, además de recomendarnos que nos liberemos del problema de sentimentalismos y entendamos que “el hecho de salir de la cárcel es igual de justo que el de entrar”. Formulaciones éstas sumamente sencillas y simples, pues los lectores no alcanzamos a más. Pero sí cuestiono la utilización sesgada del artículo 25.2 de la Constitución española por el antes referido e Ignacio Escolar: “Doctrina Parot: la justicia no es venganza”, así como la acusación dirigida a las familias de las víctimas  de falta de compasión por “perturbación mental” de Elvira Lindo, en su artículo, “No hay otra”, en el que se echa en falta la aplicación de reciprocidad de dichas acusaciones a los asesinos; todo ello bajo el amparo de particulares aplicaciones de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH).

Los redactores de la DUDH tomaron el sano criterio de no definir qué son los derechos humanos, y menos cuál es su justificación o naturaleza, concentrándose a elaborar un texto destinado a protegerlos. Como dijo Jacques Maritain, Presidente de una comisión nombrada por la UNESCO de apoyo a los redactores políticos, “estamos de acuerdo en todo, a condición de que no se nos pregunte por qué”.

Como limitación a la soberanía de los estados, en evitación de bárbaras extralimitaciones punitivas, la DUDH es un texto muy importante para la humanidad, pero entraña el riesgo de ser tomado como sagrado y, en consecuencia, aplicable literalmente a toda persona responsable de actos castigables al margen del alcance de los mismos.

Entiendo que la finalidad primera de la privación de libertad no es la reinserción,  sino el apartamiento de la sociedad de quienes atentan o perturban la normal y pacífica convivencia.  Y que la reclusión, no solo contemplada como castigo sino como prevención de comisión de  nuevos crímenes, debe ser proporcional al daño causado. Como también que la proporcionalidad desaparece al establecerse un número máximo de años al margen de la magnitud de la atrocidad cometida. Se dice que hoy día, y si no es hoy lo será mañana, es posible adquirir en el mercado negro de venta de armas, propicio para terroristas, una bomba nuclear de bolsillo, que arrojada en una ciudad grande podría matar, p.e. cinco millones de habitantes. ¿Quedaríamos conformes con que la pena a tal magnicidio se purgase con un máximo, sin descontar los beneficios penitenciarios, de treinta años? Una cosa está clara,  los muertos no tienen oportunidad de acogerse siquiera al dudoso beneficio que le pueda reportar el pasaporte a la eternidad.

Considero engañosa, si no perversa, la afirmación  que “la cárcel tiene como objetivo la reinserción y no la venganza”, confrontando conceptos alejados de la finalidad de la pena de reclusión, para justificar  de manera indiscriminada la reducción de penas por motivos humanitarios. El que las penas privativas de libertad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social del recluso, como reza el artículo 25.2 de la Constitución, no debe llevarnos a identificar la pena impuesta en términos de tiempo de cárcel con tiempo necesario para la reinserción, lo cual conduciría a reconocer castigo y reinserción como un misma cosa. Si así fuese, no estamos libres de que algún día se pronunciase el estrambótico fallo judicial de condenar a un criminal a la pena de reinserción de veinte años. Para entrar en materia a este respecto formulo las siguientes preguntas: ¿Se imparten sesiones sobre reinserción a terroristas en prisión? ¿Son aceptadas? ¿Con qué contrastado provecho? ¿Cómo se está seguro de que un terrorista está arrepentido de por vida?  A propósito de la probabilidad de reinserción de terroristas cito la frase, cuya autoría atribuyo, sin asegurarlo, a Pío Baroja, referida a ciertos fanatismos de corte nacionalista: “lo que entra irracionalmente, que no se espere que salga recurriendo a la racionalidad”.

Solo la cadena perpetua resuelve el espinoso asunto de la proporcionalidad del castigo, a la vez que respeta el derecho a la vida. He aquí unos datos dirigidos a los que se escandalizan ante la pena indefinida y a aquellos que rinden reverencial pleitesía a todo lo que lleva marchamo europeo. En la casi totalidad de los países europeos existe la cadena perpetua, aunque revisable, a partir de cierto número de años, cuyo monto varía según la nación. Revisable, sí,  pero ahí está dicha pena que no renuncia a su imponente nombre por su potencial utilidad en casos excepcionales. No cito, por sabido, a los EEUU, el país más democrático del mundo, en el que se encuentra la sede de Las Naciones Unidas, organismo donde se aprobó la DUDH. En Francia la cadena perpetua se impone en condiciones excepcionales y por delitos excepcionales: 519 reos se encontraban en prisión por esta pena en octubre de 2010; aunque, en realidad, solo cuatro pedófilos reincidentes están seguros de no salir con vida de entre rejas, a los que se le aplicó la llamada “perpetuidad incomprensible. También se  destina a los actos de terrorismo destinados a ocasionar masivamente la muerte y la destrucción. El 13 % de la población carcelaria en Inglaterra y Gales cumple cadena perpetua, a la espera que las autoridades establezcan que ya no son un peligro. En Italia 1.430 cumplen la misma condena. Y en Alemania contemplan la cadena perpetua revisable en casos de robo con agravante de muerte de la víctima.

La inapelable justicia cósmica, orden cósmico si así se prefiere llamarla, no obedece a ningún convencionalismo sino al determinante y exclusivo juego de fuerzas, y nosotros como parte integrante del universo estamos abocados irremisiblemente a seguir sus dictados. Hoy el clamor popular de un ingente número de “perturbados mentales”, a tenor de las lindezas de doña Elvira Lindo, es una fuerza con poder bastante para acabar imponiéndose en el orden social, aunque de acción retardada por la superior fuerza momentánea del Estado de Derecho.

 

 

                                  José Antonio Quiroga Quiroga

 

 

 

 

 

martes, 22 de octubre de 2013

El silencio de los pastores


La crisis económica es un lobo implacable que se está ensañando con la abatida masa de parados que caen como moscas. Pero las instituciones que nos pastorean: políticas, religiosas y de la información, guardan  silencio de muerte.

En el partido judicial de Tuy, que comprende los ayuntamientos de Tomiño, El Rosal, La Guardia y Oia, las estadísticas de suicidios, registradas en el juzgado nº 3 de dicha ciudad, desde que se consolidó la crisis en España, arrojan la escalofriante cifra media de dos a la semana; y superior registro en cuanto a separaciones matrimoniales. El mayor índice por edad se centra en la horquilla comprendida entre cuarenta y cinco  y cincuenta y siete años. Hace poco, un señor de Badajoz se precipitó a tierra desde la vía del tren del viejo puente internacional que une Tuy con Valença do Minho. Pero la prensa provincial ha callado la trágica noticia siguiendo las instrucciones dadas por el Gobierno de la nación sobre esta casuística. Al personal que trabaja en los juzgados  le está prohibido también ofrecer información sobre este dramático particular.

No quiero imaginar el fúnebre resultado de  extrapolar a toda Galicia la aterradora media de suicidios  en el Baixo Miño, y mucho menos el correspondiente al territorio nacional. No me anima a ello siquiera las triunfalistas declaraciones del señor Feijoo, presidente de la Xunta, que afirman que la economía de la comunidad autónoma gallega es la más solvente de España. 

Desde siempre, las instituciones, tan condescendientes en ocasiones desde su elevado estatus, mayormente las religiosas, no importa el credo, jamás le han reconocido al pueblo mayoría de edad para ser partícipe de la verdad. La trascendencia de su balsámica misión de procurar bienestar a las gentes les legitima para, bajo su superior criterio, ocultar o disfrazar todo aquello que a la frágil e infantil alma popular podría causarle traumas de insospechado perjuicio social. Sin embargo, nuestra falta de madurez intelectual y emocional, necesitada de tutela vitalicia cuales niños, no nos redime ni exime de la prosaica responsabilidad de trabajar todos los días y  de apechugar con las sanciones y penas administrativas que permanentemente nos amenazan.

Me alarmé al oírle decir al ministro de Hacienda, señor Montoro, que en esta travesía de la crisis ya se ve luz al final del túnel, pues pensé que se trataba de esa luz que dicen que se ve cuando se está en el trance de morir.

 

 

                                            José Antonio Quiroga Quiroga

jueves, 17 de octubre de 2013

El respeto como trinchera


 

¡Me estás faltando al respeto! replicó, incómodo y a modo de advertencia, un destacado miembro de la Cofradía San Telmo de Tuy  al ser preguntado si, tras la reunión de urgencia que dicha cofradía había celebrado ante la proximidad de la mancha de fuel  del Prestige  a la costa de La Guardia y el riesgo de extenderse por el río Miño, se esperaba acaso que el santo obrase el milagro de desviar  el chapapote de su trayectoria prevista y arribase entonces a la costa portuguesa. 

Es recurso muy socorrido zanjar debates que atañen a juicios o creencias personales apelando al respeto a las ideas propias ante la incapacidad argumental que justifique su sostenimiento.  Atendiendo a la definición académica de respeto: “Veneración, acatamiento que se hace a uno. Miramiento, consideración, deferencia” y a las acepciones que de ella se derivan, fundamentalmente: reconocimiento de la autonomía y derechos del individuo, queda claro que el respeto,  donde no opera la obediencia a la superioridad jerárquica,  se debe exclusivamente a las personas y a sus conductas, siempre que éstas no amenacen o lesionen derechos de terceros, pero en absoluto a sus ideas y doctrinas, cualesquiera que sean, en cuanto que son susceptibles de ser puestas en tela de juicio, razonadas y discutidas.

Hace poco, representantes de los trabajadores del Ayuntamiento de Tuy, reclamaron  de los grupos de la oposición municipal, a través de nota pública, respeto para el colectivo de funcionarios y contratados por haber debatido en pleno sus condiciones laborales, y considerar que  gozaban de ciertos  privilegios. Si no ha habido descalificaciones, y de la nota no se desprende que haya habido agravios, no cabe hablar de respeto en cuanto que  lo público soporta la servidumbre de estar sometido a crítica. Sin embargo, son perfectamente legítimos y saludables la  discrepancia de criterios y el contraste de pareceres entre las partes, trabajadores y partidos políticos, incluso   la formulación de quejas. Con la opaca invocación al respeto ¿pretenden, acaso, los servidores públicos blindarse al análisis y fiscalización de su actividad por parte de los representantes legales de los contribuyentes?

 “El respetable”, denominación coloquial con que se refiere el público que acude a un espectáculo, debe su origen no precisamente porque se haya ganado tal sobrenombre por sus juiciosas y fundamentadas opiniones, sino  simplemente porque  paga. Y al que paga por un servicio le asiste el derecho de criticar y  exigir.

La palabra respeto, concepto convencional a la vez que subjetivo, encierra todavía resonancias graves, casi sagradas, de cuando en origen representaba un umbral imponente cuyo traspaso podía significar la muerte del transgresor. Y, aunque  hoy día ha perdido solemnidad reverencial, la formalidad remanente resulta código útil a personas de exacerbada cuando no impostada dignidad para, cuando la razón no les asiste, cargarse de ella valiéndose de la ofensa  infligida  por la pretendida falta de respeto.
 
 
                                               José Antonio Quiroga Quiroga

 

 

sábado, 5 de octubre de 2013

Fea Panorámica


 

La modernidad no ha  deparado a Tuy más que vulgaridad urbanística y fealdad arquitectónica. Esta imparable barbarie plebeya, intrínsecamente política, que solo se detiene ante la arquitectura religiosa, está arruinando irremisiblemente el singular encanto y belleza que el enclave paisajístico y el casco histórico confieren a esta ciudad. El deterioro ambiental por acción y omisión está copando, de manera salpicada pero progresiva, la escena urbana. A fuerza de costumbre, lo grosero avanza imperceptiblemente  para la mayoría.

     De entre las numerosas construcciones de desafortunado impacto, demasiadas ya para una pequeña ciudad como para que no se resientan sus señas de identidad, valga como patrón de actuación las obras de rehabilitación y ampliación emprendidas por la Xunta de Galicia que convirtieron el edificio que anteriormente acogía el Instituto San Paio  en lo que hoy se denomina Área Panorámica.

 
 
 

 











            ¿Puede entenderse que el edificio de estilo neogótico, cuya primera piedra ha sido colocada el dos de junio de 1902,  que fue hospital de Tuy, posteriormente Instituto Laboral y de Enseñanza Media, y, finalmente, pomposa Área Panorámica, de penosa vista y pintoresco significado, no esté catalogado y carezca de protección urbanística alguna? ¿Máxime si molinos y hórreos, de más de cien años, gozan de protección integral y  radio de protección ambiental de 50 m a su alrededor?  ¿Y qué decir, si se toma como referencia comparativa la capilla de San Fins de Rebordans,  recogida en el PXOM (Plan Xeral de Protección Municipal) como patrimonio arquitectónico con  grados de protección D y F (se nota la mano del santo), construida no hace más de tres décadas, y cuyos faldones de cubierta, rematados con pizarra,  son forjados de hormigón que vuelan cual vivienda unifamiliar contemporánea? Para mayor infortunio,  tampoco dispone de  protección celestial por no ser arquitectura religiosa, aunque albergaba una capilla que las mencionadas obras de rehabilitación y ampliación no respetaron a pesar de existir cláusula documental de transmisión patrimonial que obligaba a su conservación.

 

 

                                       Capilla de San Fins de Rebordans
 

 
               Creo no equivocarme si achaco la desconsideración arquitectónica, que posibilitó el atentado cometido y que deja desprotegido el edificio, a la expresa voluntad de la Xunta de Galicia, propietaria del mismo, de tener las manos libres para hacer y deshacer a su impertinente antojo.

Está demostrado que la Administración, lejos de ser garantía de justo y correcto quehacer, es el mayor agente transgresor en cualquier ámbito de su actuación pública, y con el descaro propio que solo la insensibilidad e impunidad  proporcionan.

El atentado arquitectónico infligido al elegante edificio del antiguo hospital de Tuy, de proporcionada planta rectangular y dos patios interiores, no se limita únicamente  la inadmisible,  voluminosa y mal disimulada chepa que asoma, cual vergonzante anomalía física, sobre la armónica y discreta cubierta a cuatro aguas.  El nuevo  cuerpo de  ampliación que se proyecta hacia un espacio de amplia perspectiva,

 

Edificio del antiguo hospital de Tuy
 

 
destinado a ser más importante que la calle a la que da la fachada principal del edificio, además de no atenerse al principio de diferenciación formal, cuando se trata de inmuebles de marcado carácter e importancia, por respeto a la composición y estilo de la obra original y  al objeto de dejar clara constancia de las épocas constructivas, adolece de la anodina atonía y falta de personalidad propia de las fachadas sin vista. Todo cuerpo arquitectónico central y sobresaliente debe distinguirse por sus particulares características para así estar  a la altura  que su principal posición demanda.

Tampoco es de recibo en inmueble de tales características el empleo de carpintería de PVC en lugar de la de madera preexistente, sin embargo exigida en inmuebles domésticos. Aporto fotografía que muestra la riqueza ornamental de la puerta  de entrada al  edificio antes de las mencionadas obras de rehabilitación.



 

                                          Puerta de entrada al edificio de
                                            cuando era Instituto Laboral
 

Viendo cómo se va desarrollando la parte nueva de la ciudad y cómo lo ha hecho la antigua, para no caer en la desesperanza y en el feismo, no valen los rezos sino verdadero compromiso con nuestro destino y menor pasión política.

 

NOTA: El arquitecto autor del proyecto de Rehabilitación y Ampliación del área Panorámica, es el mismo que rehabilitó el edificio situado en la calle Calvo Sotelo de Tuy, colindante por la izquierda con el del antiguo casino. Ambas obras se ejecutaron en fechas muy próximas. Desconozco si en la contratación del proyectista del Área Panorámica, participó un destacado político de la localidad, copropietario, en aquel tiempo, del  inmueble de viviendas.



                                                  José Antonio Quiroga Quiroga