martes, 7 de noviembre de 2023

Radio Tui, "apartheid" administrativo y laboral

          Lo retirado de las dependencias de Radio Municipal de Tui de la Casa Consistorial ha propiciado que el funcionamiento de este servicio público se haya ido desenvolviendo un tanto al margen del control de la autoridad municipal,  y, en consecuencia, evolucionase hacia prácticas de dudosa ética, cuando no irregulares reglamentariamente. A ello contribuye  el que los corporativos acuden a la radio con cierta sensación de inferioridad ante la posición de dominio del entrevistador, y de dependencia del medio en cuanto eficaz instrumento  de transmisión de mensajes al electorado; de ahí que mantengan  conveniente relación de cordialidad, rayana en la pleitesía, y nada mejor para ser bien tratados que desentenderse de cuánto ocurre entre bambalinas. Y más todavía  distinguiéndola con un premio.

          De ahí que, relativo a la publicidad que emite la emisora municipal (fuente única de financiación del servicio), ningún corporativo muestra interés alguno en conocer cuáles son las vías de recaudación por este concepto; cuál es el procedimiento que sigue la emisora (el director) para informar a Intervención municipal acerca del número de cuñas emitidas (a partir de las cuales Tesorería calcula las cantidades a ingresar), como tampoco el balance financiero del  coste e ingresos del servicio (notablemente deficitario). Sin embargo, lejos de animar, tratan de disuadir a todo aquel que pretende adentrarse en este asunto, con palabras como, “y a ti qué se te pierde en esto”: mis impuestos, correspondería responder.

          En todo este entramado público-privado, con asomos de tinglado, hay determinados puntos oscuros, incluso graves, en alguno de los cuales trataré de poner el foco; a saber:

         1.- No tiene lógica que se apruebe la Ordenanza del “precio público” por utilización de la emisión municipal de radio para “spots” publicitarios, y, al tiempo, no se habilite la correspondiente sección administrativa de contratación y cobro de tasas; circunstancia que, de entrada, imposibilita que las firmas comerciales puedan publicitarse; proceder atípico, si no irregular, con el que la Administración Local no hace sino promover, indirectamente, la aparición de agentes intermediarios privados para canalización de la gestión correspondiente. La primera e inmediata consecuencia afecta de lleno al denominado “precio público”,  ya que resulta inoperante al ser reemplazado por las ineludibles tarifas que establecen las avispadas agencias publicitarias. Este procedimiento absurdo, y económicamente contraproducente para las arcas municipales, de delegar  la gestión pública en la privada, permite aventurar  que puede responder a una estrategia perversa que posibilita que fructifiquen transacciones éticamente censurables cuando no punibles entre ambas partes.

         2.- Las declaraciones de las agencias a la radio municipal acerca del número y duración de las cuñas publicitarias contratadas no ofrecen garantías de fiabilidad, dada la dificultad de verificación con las realmente emitidas, circunstancia que compromete al director de la emisora en cuanto receptor de las mismas por su vínculo marital con una de las dos agencias. Tampoco ofrece garantías el procedimiento de traslado de la información recibida, vía e-mail,  a Tesorería,  que sigue el director de la radio, pues, al parecer, no va acompañada de las copias de los contratos suscritos. En tal caso, la recepción  de información tan precaria conlleva un acto de fe impropio por parte del tesorero. Se trata, pues, de un circuito con fisuras.

         3.- La inclusión ilegal del logo de Radio Municipal de Tui (RMT) en los  impresos con las tarifas de las cuñas publicitarias de la agencia vinculada al director de RMT, revela el grado de invasión en este medio de comunicación, y de pretendida identificación de la agencia publicitaria privada con este servicio público.  

        4.- En el campo laboral tampoco impera la reglamentación administrativa correspondiente, ya que en la emisora trabajan determinadas personas sin contrato ni salario conocido. En el caso de que obtuviesen retribución alguna, ¿Quién paga y cómo?. Tampoco hay constancia de por quién fueron llamadas y/o admitidas, ni a quien imputar las responsabilidades  de los incidentes que pueden suceder. Tomo como ejemplo de ello, la simpática, espontánea y muy popular persona que los fines de semana conduce un programa musical, por cierto, achicharrado por la publicidad comercial.

      Considero, pues, que la Corporación, mayormente el equipo de gobierno, como responsables de la salud financiera del servicio, y del correcto funcionamiento interno del mismo, tienen el deber de ocuparse del control de la Radio municipal haciendo efectiva la reglamentación administrativa y laboral de aplicación. E, ineludiblemente, acometer la actualización de la Ordenanza, todavía en vigor, de 2006,  relativa a los "spots" publicitarios, estableciendo para las tasas un precio público verdadero.

 

                                José Antonio Quiroga Quiroga

miércoles, 1 de noviembre de 2023

La publicidad de Radio Municipal de Tui, negocio de terceros

 

          Diríase que la “Ordenanza del precio público por la utilización de la emisión municipal de radio para spots publicitarios”, aprobada en septiembre de 2006, y en vigor a día de hoy, cuyas tasas permanecen invariables 17 años después, está redactada para lucro de las agencias publicitarias, a tenor del procedimiento adoptado, atípico en las Administraciones Locales, para su funcionamiento.

      Resulta extraño, pues, que la contratación de las cuñas publicitarias y el abono de las tasas correspondientes no se puedan realizar en las dependencias municipales,  y que, a tal fin, las firmas comerciales tengan que recurrir a agencias privadas,  ajenas al Ayuntamiento, que actúan como intermediarias. Sobre todo cuando este servicio público incumple la regla de suficiencia financiera, de aplicación en la Administración Pública,  pues, como se verá, es altamente deficitario.

       Premio Cidade de Tui a empleados y colaboradores de Radio Tui

          El recorrido del procedimiento es el siguiente: como queda dicho, las agencias son las que, previo cobro de tarifas propias a sus clientes, superiores a los precios de las tasas municipales, insertan las cuñas publicitarias en la Radio Municipal. Luego, a principios de mes, el director de la radio (vinculado a una de las dos exclusivas agencias publicitarias locales), traslada al departamento de Intervención municipal el número de cuñas diarias emitidas por cada agencia. Consecuentemente, y con arreglo a los precios públicos de la añeja, si no obsoleta, Ordenanza, Tesorería emite las correspondientes liquidaciones y los mandamientos de ingreso (firmados por el alcalde), que se cargan en las respectivas cuentas bancarias domiciliadas de las dos agencias.

      A todo esto, procede resaltar que las agencias recurren a trucos para obtener mayor beneficio,  como el de contabilizar el número de cuñas mensuales agrupando diferentes firmas, para así acogerse a los precios de las modalidades de tasas por "paquetes de contratación", pese a que han sido contratadas y tarifadas individualmente. También, el que en esos “paquetes” se incluyen cuñas que superan la duración máxima de 20 segundos que establece la Ordenanza, ya que buena parte de ellas son de 30 segundos, tal y como establece y tarifa una de dichas agencias.

         La cantidad que mensualmente Radio Municipal de Tui recauda por publicidad,  conforme a lo registrado en Tesorería, con una variación ocasional de más o menos treinta euros, es de 2.664 euros; que significan, 32.000 euros al año. Cifra que no cubre, ni de lejos, los salarios de, al menos, tres empleados de la Radio, además de gastos de averías y renovación de equipos; servicio de limpieza, consumo de energía eléctrica, etcétera.  Por el contrario, conforme a los precios de las agencias y  número de cuñas mensuales que declaran, la facturación estimada de ambas oscila entre 145.000 y 160.000 euros al año.

      Sorprenden la renuncia del Ayuntamiento a cobrar las tasas directamente; la pasividad, si no indiferencia, mantenida en el tiempo por las Corporaciones ante el enorme déficit de este servicio público (que redunda en merma de prestaciones a los contribuyentes); la vigencia de tasas congeladas durante 17 años; y más todavía, la reacción de desentendimiento de algunos concejales cuando se les alerta de esta situación. 

          Un precio público deja de serlo si no es efectivo cara al público. El precio establecido en la Ordenanza municipal no lo es ya que los usuarios del servicio pagan unos distintos, los que establecen las agencias intermediarias.

                                            José Antonio Quiroga Quiroga

P.D. Se adjunta copia del impreso de la agencia  publicitaria privada "imos", en el que, indebidamente e impropiamente (apropiación de logo y representación ilícitas) figura el membrete de  RMT ; y copia de la Ordenanza municipal.