Acabo de
experimentar la profunda satisfacción de haber erradicado del Ayuntamiento de
Tomiño la irregular práctica abusiva cometida con los vecinos de este municipio
solicitantes de licencia de obra distinta de la de nueva edificación o
sustitución de la existente. Es decir, cualquier obra mayor. Y en Tomiño, en
particular, lo es toda obra cuyo presupuesto sea superior a 3.000 euros. Han
sido dos batallas contra el aparato opresivo de políticos y técnicos municipales.
Ganadas gracias al imprescindible e inestimable apoyo de mi cliente y familia, que
han tenido la infrecuente valentía de confiar en mí y de firmar, en segunda
tentativa, denuncia de los hechos ante la Fiscalía.
Tras haber
solicitado el promotor licencia para reforma de cubierta de casa de vivienda unifamiliar, le fue requerida la firma del compromiso de cesión y urbanización de terrenos,
con la advertencia de que si no lo aportase se considerará la solicitud por desistida.
Dicho documento se entregó, de buena fe, en el Registro del Ayuntamiento, a
pesar de que algunas de las cláusulas eran inasumibles, además de absurdas,
como la de no poder utilizar la vivienda mientras no se acabasen las obras,
luego perdonada como favor político, y a derribar y reconstruir un muro de
mampostería de 76 m de longitud, dos de alto y 0,50 m de espesor, por importe
de 15.000 euros, colindante con uno de los viales que flanquean la parcela,
antes de iniciar la reforma. Incluso le estaban empujando a cometer dos
infracciones: la de ejecutar las obras del muro sin la preceptiva licencia
municipal y la autorización de Patrimonio, pues los muros de mampostería son
patrimonio etnográfico y gozan de protección. Transcurridos dos meses sin
noticias del Ayuntamiento, el solicitante se interesó por el expediente en el
departamento correspondiente. Allí le aguardaban el concejal de urbanismo y la
técnico jurídica para decirle que la
licencia estaba condicionada al abono de 3.800 euros en concepto de fianza por
obras de urbanización, y que volviese la semana próxima que ya le tendrían
preparados los papeles para que los firmase y entregase en el registro. Es
oportuno señalar, he aquí la encerrona, que no hay obligación, ni se da el caso
en ayuntamiento alguno, de tener que firmar la aceptación del importe de las
tasas, como tampoco de presentarla en el registro. Personado a tal efecto en la
Casa Consistorial, le fueron entregados dichos papeles, y se encaminó al registro, pero, al recordar mi advertencia
de que no firmase nada sin comunicármelo, rehusó entregarlos, actitud que
desencadenó gran enfado (¿?) por parte de la jurídica.
El cliente,
abrumado por tanta carga, me comunica que habían resuelto no llevar a cabo la obra al no
haber prosperado la mediación de expolíticos y particulares con la autoridad
municipal para salvar los obstáculos planteados. Sugerí, entonces, que se
pidiese certificación de todos los documentos del expediente para luego
presentar una batería de alegaciones. Dichas alegaciones fueron estimadas, pero
la resolución que anula el abono de la fianza se transmite, una vez más, como
favor. Y a continuación se concede la licencia de obra. Si la resolución de
exención de abono no se ajustase a la legalidad, no se podría expedir ya que se incurriría en flagrante tráfico de
influencias.
Bien, pero el
compromiso de urbanización (cesión de terrenos y demás gravosos apartados),
seguía en pie y constituía una amenaza en el tiempo cual espada de Damocles. Al
efecto de que el mismo fuese anulado me entrevisté en tres ocasiones con la alcaldesa Sandra González, a quién
advertí de la improcedencia legal de dicho compromiso, de manipulación del
texto de la ley de aplicación y de acudir a la Fiscalía en caso de negativa. En
otras tres con la secretaria de carrera, en cuatro con la jurídica y una vez con
la arquitecta, persona insolente y con reputación de tratar mal al público. De
nada sirvieron las entrevistas y advertencias. Finalmente, se presenta denuncia
ante el Fiscal jefe de Pontevedra. Hubo que acudir en dos ocasiones porque,
“según nuevas instrucciones” es necesaria la presencia de los denunciantes.
Un viernes
entregué en el Registro del Ayuntamiento de Tomiño copia de la denuncia ante la
fiscalía. De inmediato se le informa a la alcaldesa, y acto seguido se reúne la
plana mayor municipal: alcaldesa, concejal de urbanismo, secretaria, jurídica y
arquitecta, durante tres horas. El martes siguiente se dicta resolución,
un apaño burdo de ingeniería jurídica, firmada por el concejal Uxío Benítez,
dejando sin efecto el documento de compromiso de urbanización.
¿Qué
consideración merecen políticos y técnicos municipales que, insensibles a los
quebrantos económicos que causan,
tienden trampas a la confiada ciudadanía apoyándose en normativa de
aparente legalidad, sirviéndose de artículos relativos a procedimientos pero
sin justificar su procedencia, y manipulan el texto del artículo aplicable de
la ley de protección del medio rural de
Galicia, recogido literalmente en la
ordenanza urbanística nº 8 del PXOM, ampliando de este modo el campo recaudatorio
con el fin de alardear luego de eficaces gestores ejecutando obras con dinero
extraído irregularmente de sus convecinos?
Liberados ya
de las garras municipales, solo resta
esperar el resultado de las diligencias que emprenda la Fiscalía.
José Antonio
Quiroga Quiroga
Es bueno aun encontrar a personas como tu que aun defienden lo que es de justicia, y hablo por experiencia propia.
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